Los próximos días 5, 6 y 7 de febrero se celebrará en la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona el juicio de Dani Alves. El exjugador de fútbol, que lleva más de un año en prisión provisional, está acusado de presunta agresión sexual a una joven que entonces tenía 23 años. Unos hechos que habrían ocurrido la noche del 30 al 31 de diciembre de 2022 en la discoteca Sutton de Barcelona.

El brasileño, que ha cambiado en varias ocasiones su versión con respecto a los hechos, no lo tiene fácil. La Fiscalía solicita una pena de 9 años de cárcel para el acusado, además de una indemnización de 150.000 euros para la denunciante y 10 años de libertad vigilada. Por otro lado, la acusación particular va más allá y pide una pena de 12 años de cárcel.

Pero, ¿cuáles son los escenarios a los que se enfrenta el exjugador a partir del próximo lunes? Mundo Deportivo ha consultado Josep Castellà, abogado especializado en Derecho Penal, sobre esta cuestión. «Creo que aquí está todo más que revisado», adelantaba el letrado, que dibuja hasta cuatro posibilidades de cara a los próximos días, algunas más realistas que otras.

1. ABSOLUCIÓN

Aunque no hay que destacar que pueda suceder, Castellà deja claro que es muy improbable que Alves sea absuelto: «Lleva un año y pico de prisión provisional. Es difícil que lo lleguen a absolver cuando su caso y su situación de prisión han sido revisados por la Audiencia de Barcelona varias veces, que es la que lo tiene que juzgar, y han considerado que hay pruebas e indicios más que suficientes para tenerlo ahí dentro. Sería histórico«.

2. SENTENCIA DE 6 A 9 AÑOS DE CÁRCEL

Tal y como ha explicado el abogado a este medio, si Alves fuera declarado culpable y pagara la indemnización que correspondiera, eso ya sería considerado una atenuante ordinaria. Sin embargo, sólo con una atenuante de estas características no es suficiente para que un condenado vea rebajada a la mitad su sentencia.

Por tanto, si fuera declarado culpable y sólo se le aplicara esta atenuante, el experto consultado afirma que estaríamos hablando de una sentencia de entre 6 y 9 años: «Con una atenuante te pueden poner lo mínimo, pero sin rebajarte la pena más allá de los 6 años«.

3. SENTENCIA DE 3 A 6 CON 2 ATENUANTES ORDINARIAS O UNA MUY CUALIFICADA

«Lo que él [Alves] quiere, entiendo yo, sería saltar a los 3-6 años. Aquí necesita o dos atenuantes ordinarias o una atenuante muy cualificada«, explica Castellà. Es aquí donde entraría en juego el alcohol, que se podría sumar a la indemnización como atenuante.

Hace unos días, trascendió la noticia de que el brasileño iba a declarar en el juicio que estaba bajo los efectos del alcohol cuando se produjeron los hechos. El alcohol puede ser considerado como una atenuante ordinaria o muy cualificada (en función del caso), aunque Castellà afirma para este medio que en este caso concreto, de ser finalmente considerado como atenuante, sería muy probablemente ordinaria.

De ser así, habría dos atenuantes ordinarias, alcohol y el pago indemnizatorio (la Fiscalía pide 150.0000 euros, pero para el brasileño esta cantidad «no es un gran esfuerzo económico»). Si el acusado fuera declarado culpable con estas condiciones, sí se estaría hablando de una sentencia de entre 3 y 6 años de cárcel.

4. PACTO DE 3-4 AÑOS PREVIO AL JUICIO

Finalmente, habría la posibilidad de que el equipo legal de Alves consiguiera llegar a un acuerdo, pactando «entre 3 y 4 años» de privación de libertad con un pago indemnizatorio de una cantidad muy superior a los 150.000 euros que pide la Fiscalía, que actuaría como atenuante muy cualificada.

«[Alves] podría pagar voluntariamente. ‘Sobresatisfacer’ a la víctima en relación a lo que se está pidiendo y decir ‘mira, yo estoy cobrando X, mi saldo es de 3 millones de euros y pagar 750.000 euros considero que es una atenuante muy cualificada’. Por tanto, iría de 3 a 6 años independientemente del alcohol», explica el abogado consultado por este medio.

«Podría pasar que el lunes [Alves] saque la chequera y se logre un pacto de 3 años. Habiendo cumplido un año y poco, si le ponen 3 años de prisión en medio año puede salir a la calle ya con un tercer grado», añade.

Castellà asevera que si no hay un acuerdo previo con un pago de esas dimensiones y el alcohol no prospera en sala, «lo normal serían 6 años«. «No sería una buena sentencia [para Alves y la defensa]. Pero serían unos números más acordes a lo que se espera de esta sentencia», expone el abogado.

«Entre 3 y 4 años sería una muy buena sentencia. Sería para abrazarse lo que es la parte de la defensa (…). A partir de los 5 años, el juez puede decidir que tiene que cumplir la mitad de la pena para optar al tercer grado. Si queda por debajo de los 5, el juez no tiene esa posibilidad de obligar a que la mitad de la pena se tenga que cumplir en prisión. A partir del tercio podría optar a permisos o incluso a un tercer grado», concluye Castellà.

TOMADO DE MUNDO DEPORTIVO