El virus conocido como Covid-19 o también como “coronavirus” es una amenaza global que ha logrado paralizar el mundo y sus actividades, entre esas, el mundo del fútbol. Hemos sido testigos de como varios eventos deportivos han sido pospuestos por este motivo entre los cuales encontramos la Eurocopa 2020, la Copa América 2020 y las Eliminatorias Mundialistas rumbo a Qatar 2022; así como la paralización de varias Ligas Nacionales que se disputan en cada uno de los países ya que la sugerencia de la OMS es que cada uno de nosotros permanezca dentro de casa para evitar la expansión del contagio por lo que espero que cada uno de nuestros lectores, este leyendo este articulo desde su casa.

El siguiente análisis jurídico será justamente sobre esta situación; y, es que esta suspensión por el virus Covid-19 ha implicado que todos los clubes tomen medidas de precaución y que sus jugadores deban permanecer en casa por lo que analizaremos desde un punto de vista jurídico sus posibles consecuencias así como las generalidades dentro de los contratos entre clubes y futbolistas.

  • En el caso de que un futbolista profesional sufra de una lesión mientras realiza rutinas de ejercicio en casa, ¿cabrá que el club asuma los gastos médicos? Es muy común ver en contratos de clubes ecuatorianos la prohibición de realizar otras actividades deportivas, así como la opción de no cubrir los gastos médicos en caso de que el futbolista resulte lesionado por una actividad deportiva no autorizada por el propio Club por lo que es recomendable que el Club cuente con una vía de comunicación oficial por el cual cada futbolista se informe sobre las rutinas de ejercicios durante cada día que dure la paralización del campeonato.
  • Es usual observar en contratos de clubes ecuatorianos la obligación de mantener un peso óptimo durante la vigencia del contrato, pero ¿esta paralización podrá ser una excepción a la regla? Más allá de lo pactado en el contrato, es de criterio del autor, que por esta situación debe existir flexibilidad por parte de los contratantes. Sin embargo, como se menciona anteriormente, la recomendación principal será mantener una vía de comunicación oficial que permita a los clubes tratar de cuidar a los jugadores de la mejor manera y con una dieta propicia para el jugador.
  • En contratos entre clubes y jugadores, en el Estatuto sobre el Reglamento para la Transferencia de Jugadores de la FIFA se estableció un concepto denominado “casusa justa” y la pregunta clave aquí es: ¿Esta pandemia (Covid-19) es una causa justa para dar por finalizado el contrato entre clubes y jugadores? La respuesta a esta pregunta es determinante ya que puede darse la situación en la que el juez considere que esta pandemia si es una causa justa para dar por finalizado el contrato de forma unilateral y de esa forma evitar el pago de una indemnización por el rompimiento unilateral del contrato así como evitar las posibles sanciones deportivas.

Estoy seguro que además de estas preguntas surgirán otras dudas y que deberán ser resueltas por los abogados de los clubes y por los abogados de los futbolistas así que quiero concluir diciendo que será fundamental que en los nuevos contratos que vayan a firmar clubes ecuatorianos con jugadores se incluyan este tipos de situaciones para evitar dejar zonas grises que puedan ser interpretadas y que puedan ocasionar una perdida monetaria.

Escrito por: Santiago Zambrano

Abogado de Derecho Deportivo Internacional

Socio-Fundador de Conlegal Sports