Gerardo Acosta, ex integrante del TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo), expresó en una entrevista con el portal chileno EN CANCHA, que es muy probable que la FIFA no dé asidero a reclamo presentado por Chile por sobre el tema Byron Castillo. El jurista especializado en derecho deportivo que cuenta además con experiencia en la misma FIFA dio a entender que el órgano rector del fútbol mundial no juzga veracidad de los documentos de identidad ya que esto se lo deja a criterio de la autoridad pertinente.
Cabe recalcar que en Febrero del 2021 una unidad judicial confirmó que Byron Castillo es ecuatoriano y luego de esto, la FEF pudo asegurarse que no había problemas para una convocatoria. El llamado llegó y Castillo jugó varios partidos con Ecuador, entre ellos los dos ante Chile.
A continuación la nota del medio chileno:
En busca de respuestas aclaratorias, En Cancha contactó en exclusiva al abogado paraguayo Gerardo Acosta, doctor en derecho deportivo quien entre 2011 y 2018 integró la lista de árbitros del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por las siglas del francés Tribunal Arbitral du Sports) y que cuenta, en total, con 18 años de experiencia litigante en la FIFA y el propio TAS. Acosta solicita un tiempo prudente para adentrarse un poco más en el caso de Byron Castillo y, así, entregar una opinión informada y responsable sobre el asunto. 24 horas después del contacto inicial, el jurista devuelve el llamado y se reporta listo para opinar. Su visión del tema, en todo caso, es para nada halagüeña respecto de las aspiraciones chilenas.
Donde Acosta hace hincapié es en la resolución de febrero de 2021, en que el Registro Civil de Ecuador declara que Byron David Castillo Segura es ciudadano ecuatoriano. A partir de allí, cualquier intento chileno por desacreditar tal condición sería inútil. “Este jugador inició un proceso en Ecuador para obtener el reconocimiento de que es ciudadano natural de ese país, que ha nacido en Ecuador. Ese procedimiento terminó con una sentencia judicial que reconoció su nacimiento y ordenó su inscripción en el Registro Civil. Ese acto jurídico, a partir de una sentencia judicial, forma parte del ordenamiento normativo interno de Ecuador y no ha sido objeto de ninguna apelación”.
-La Federación Chilena cuestiona que los documentos presentados por Castillo sean verdaderos…
-Entiendo que la FIFA abrió el proceso disciplinario a partir de una denuncia de Chile sobre una supuesta falsificación de documentos, lo que es una cuestión que atañe exclusivamente al derecho penal y al orden público. Normalmente, la FIFA no juzga la veracidad de los documentos y deja eso a criterio de las autoridades jurisdiccionales nacionales. Por lo tanto, estimo, así como están las cosas, que la FIFA no va a dar curso o va a rechazar la protesta presentada por la Federación Chilena de Fútbol.
-¿Está usted diciendo, entonces, que la FIFA no tiene potestad para cuestionar a la autoridad jurídica de un país sobre la nacionalidad de un jugador?
-La FIFA no tiene la potestad de hacerlo y nunca lo ha hecho en el pasado. Cada vez que en las instancias jurisdiccionales de la FIFA se quiso cuestionar la validez o la falsedad de un documento, siempre los órganos jurisdiccionales de FIFA han respondido que la decisión sobre la falsedad o no de un documento corresponde a la autoridad pública de un país y que ellos no juzgan eso. Por lo tanto la FIFA, si es que mantiene el mismo criterio que ha tenido en el pasado va a decir que no puede cuestionar la decisión de un órgano jurisdiccional de Ecuador, de la justicia ordinaria, porque la cuestión de la originalidad o no de un documento pasa por el orden público. No lo ha hecho en el pasado y no creo que lo haga ahora.
-¿En qué se diferencia este caso con otros de documentos adulterados, como el caso “Cachirulos” en México, por ejemplo, en que la FIFA sí sancionó y con dureza?
-Sin entrar en detalles de cada caso, la FIFA reacciona disciplinariamente cuando una autoridad jurisdiccional declara que el pasaporte está adulterado. La FIFA no es la que declara la adulteración y en virtud de esa declaración jurisdiccional toma las medidas disciplinarias correspondientes.
Acosta también descarta que en el caso de Byron Castillo se configure la irregularidad de “alineación indebida”, algo que también hubiere podido jugar a favor de Chile, tal como ocurrió con el paraguayo nacionalizado boliviano Nelson Cabrera, en el camino a Rusia 2018.
“Para reclamarse la alineación indebida, el jugador no debe cumplir los criterios de elegibilidad establecidos en el reglamento y desde el momento que Castillo tiene un pasaporte ecuatoriano, que la autoridad jurisdiccional ecuatoriana declaró que nació en Ecuador y que es ecuatoriano, cumple con el criterio de elegibilidad. Habría alineación indebida si es que se demuestra que no es ecuatoriano, pero esa demostración no cabe en la jurisdicción de FIFA”, explica.