Aún seguimos atónitos con el intento de agresión sufrido en los instantes finales del PSV-Sevilla sobre el guardameta del Sevilla, Dmitrovic. El serbio no sólo lo evitó sino que además fue capaz de reducir al aficionado al agresor. A la espera de conocer las consecuencias penales de esta actuación, lo cierto es que el PSV se expone a una durísima sanción por parte de la Comisión Disciplinaria de la UEFA, dado que el club es el máximo responsable de lo que sucede en el campo de fútbol.

El artículo 16 del Código Disciplinario de la propia UEFA relativo al orden y seguridad en los partidos de las competiciones del máximo organismo europeo es muy claro al respecto: «Los clubes anfitriones y las asociaciones nacionales son responsables del orden y la seguridad tanto en el interior como en los alrededores del estadio antes, durante y después de los partidos. Todas las asociaciones y clubes deberán cumplir las obligaciones definidas en el Reglamento de seguridad de la UEFA«.

En la misma redacción deja claro que «son responsables de los incidentes de cualquier tipo y pueden ser objeto de medidas disciplinarias y directivas, a menos que puedan demostrar que no han sido negligentes en modo alguno en la organización del partido».

Y es en el siguiente punto donde concreta en qué tipo de situaciones son los clubes totalmente responsables del comportamiento de sus aficionados. Y es más, en este tipo situaciones los clubes ostentan la máxima responsabilidad aún pudiendo demostrar la ausencia de negligencia: «Sin embargo, todas las asociaciones y clubes son responsables de los siguientes comportamientos inadecuados por parte de sus seguidores y pueden ser objeto de medidas disciplinarias y directivas, incluso si pueden demostrar la ausencia de negligencia alguna en relación con la organización del partido«.

Y entre los comportamientos que son objeto de sanción están los siguientes:

«a. la invasión del terreno de juego;

b. el lanzamiento de objetos que puedan poner en peligro la integridad física de otras personas presentes en el partido o afectar al desarrollo ordenado del mismo;

c. el encendido de fuegos artificiales o de cualquier otro objeto

d. el uso de punteros láser o dispositivos electrónicos similares

e. la utilización de gestos, palabras, objetos o cualquier otro medio para transmitir un mensaje provocador impropio de un acontecimiento deportivo, en particular los mensajes provocadores de carácter político, ideológico, religioso u ofensivo;

f. actos de daños

g. causar disturbios durante los himnos nacionales

h. cualquier otra falta de orden o disciplina observada en el interior o en los alrededores del estadio.»

Un partido que podía incluso haber sido suspendido en el momento que se produjo por el colegiado del partido. Queda claro que el club neerlandés es el máximo responsable. Ahora pueden darse dos situaciones. La primera pasa porque la Comisión Disciplinaria resuelva con esta durísima sanción o que decida abrir una información reservada que permitiera al PSV poder presentar alguna alegación.

En ambos casos, se expone a una durísima sanción según recoge el artículo 16 del mismo Código Disciplinario y que recoge los posibles castigos:

«1- ordenar que se dé por perdido un partido;

2.. disputa de un partido a puerta cerrada;

3.-cierre total o parcial del estadio

4. disputa de un partido en un tercer país;»

El artículo habla también de medidas más drásticas como la prohibición de inscribir jugadores o la descalificación de la competición. Esta sanción vendrá acompañada de una dura multa económica. El propio Código Disciplinario recoge una horquilla desde los 100 euros hasta incluso el millón de euros. Además de la sanción derivada del incidente con el guardameta del Sevilla, se sume el lanzamiento de objetos que se produjo también a lo largo del encuentro y por el que también será sancionado el PSV por parte del órgano disciplinario de la UEFA.

TOMADO DE MUNDO DEPORTIVO