En el apartado de salidas uno de los temas que parece se le están enquistando al Fútbol Club Barcelona es el danes Martín Braithwaite. El delantero tiene todavía dos años más de contrato, hasta junio del 2024. En caso de no encontrar una salida pactada a otro club, y dado que parece que el jugador se remite a los dos años que le restan y no acepta la carta de libertad; el Barcelona podría rescindir su contrato.

Una decisión, que en caso de adoptarla, no supondría sanción alguna para la entidad azulgrana. Siempre considerando que tendría que indemnizar al delantero por estos dos años que le restan de su contrato. Indemnización que, tal y como fija la normativa FIFA tendrá que calcularse «considerando la legislación nacional, las características del deporte y otros criterios objetivos. Estos criterios deberán incluir, en particular, la remuneración y otros beneficios que se adeuden al jugador conforme al contrato vigente o al nuevo contrato, el tiempo contractual restante, hasta un máximo de cinco años, las cuotas y los gastos desembolsados por el club anterior (amortizados a lo largo del periodo de vigencia del contrato), así como la cuestión de si la rescisión del contrato se produce en un periodo protegido».

Luego el Barcelona tendría que indemnizar al jugador pero nunca será sancionado porque no se encuentra en el llamado período protegido del futbolista. Un período que comprende los tres primeros años de contrato salvo cuando el futbolista supera los 28 años que se reduce a dos. Teniendo en cuenta que el danés firmó en febrero del 2020, este período protegido concluyó el pasado 20 febrero de este mismo año 2022.

Una situación que no es baladí porque cuando un jugador está en período protegido, la rescisión de contrato del club de manera unilateral supone la prohibición » al club la inscripción de nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, durante dos periodos de inscripción completos y consecutivos. El club podrá inscribir nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, solo a partir del próximo periodo de inscripción posterior al cumplimiento íntegro de la sanción deportiva respectiva». En este caso el club no podría fichar durante las dos próximas ventanas de enero y verano del 2023. Es decir, no volvería a fichar hasta enero del 2024. Pero no es el caso del Barcelona dado que Braithwaite no se encuentra, rescinda o no el contrato del danés, bajo este escenario. Luego sólo tendría que indemnizar al delantero si se llegara a este extremo pero no habría sanción por parte de FIFA.

TOMADO DE MUNDO DEPORTIVO