El Comité de Competición ha multado al FC Barcelona con 300 euros por contactar con Antoine Griezmann cuando el jugador francés aún tenía contrato con el Atlético de Madrid, algo que considera infracción leve del artículo 126 del Código Disciplinario de la RFEF. El Barça, por su parte, presentará recurso al Comité de Apelación para que le retiren la sanción esgrimiendo que “hay una falta total de la prueba”.

El comunicado del Comité de Competición explica que: “Teniendo en cuenta la capacidad económica del club y el importe de la operación económica que ha dado origen a este expediente, este Comité es consciente de que el pago de 300 euros, más allá de su carácter meramente simbólico (la multa se impone porque el club expedientado ha sido considerado autor de una infracción disciplinaria), no contribuirá a que el club sancionado en particular y, probablemente, otros clubes que puedan estar en el futuro en la misma situación, adecúen su conducta a lo requerido reglamentariamente”.

Más allá de la sanción, el comunicado, firmado por la presidenta Carmen Pérez González, absuelve de responsabilidad al delantero francés. De hecho concretamente declara “la inexistentencia de responsabilidad disciplinaria del jugador D.Antoine Griezmann por los hechos denunciados por el club Atlético de Madrid”.