Regular o prohibir tomar fotografías del voto en las elecciones de la segunda vuelta presidencial del 13 de abril es un tema que está pendiente en el Consejo Nacional Electoral (CNE), después de las denuncias gubernamentales de que el crimen organizado estaría obligando a los electores a optar por uno u otro candidato.
Según actores del Gobierno nacional, en las votaciones de la primera vuelta del 9 de febrero se habría presionado o extorsionado a ciudadanos a votar por la candidata de la oposición, en tanto, el Consejo Nacional Electoral analiza alternativas para ejercer controles.
El ministro de Gobierno, José De La Gasca, en una entrevista con EL UNIVERSO, dijo que quiere “que de algún modo se prohíba esto de andar tomándose fotos con el voto, con la cédula, porque eso sirve para la extorsión. (…) Hubo personas que fueron amenazadas por grupos del narcoterrorismo para votar en tal o cual sentido”.
Su declaración se hizo a propósito de una entrevista radial en la que el presidente de la República y candidato a la reelección, Daniel Noboa Azín, señaló que “en ciertas provincias (los electores) recibían amenazas de los grupos armados para que voten por la candidata que los representa”.
Aunque el régimen no ha formalizado una denuncia de estos hechos, desde el CNE se pidió una reunión a los altos mandos del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional para obtener información de investigaciones o seguimientos que se hayan hecho y, sobre esa base, analizar la posibilidad de implementar restricciones logísticas.
El consejero José Cabrera contó que, por el momento, no han tenido una respuesta a esta solicitud, pero no desestimó que se pueda tomar una resolución en el pleno del organismo. Esto, pese a que están de por medio los derechos personales, en referencia al uso de estos dispositivos.
“Al Consejo no ha llegado una denuncia directa”, aclaró Cabrera en una entrevista en radio Quito este 19 de febrero, pero esperarán tener información de las áreas de Inteligencia de la fuerza pública para decidir, por ejemplo, si se actúa a nivel nacional o en ciertas jurisdicciones.
“Como autoridad electoral podemos emitir ciertas restricciones, pero en el momento en que (los electores) están tomando la foto, están ejerciendo su derecho al voto secreto”, reconoció Cabrera.
La inquietud es quién y cómo se haría el control del ingreso de ciudadanos con teléfonos celulares a los recintos electorales; o, si se haría en los biombos, al momento en que una persona está decidiendo por qué lista de candidatos se decidirá.
La proyección podría ser que se ubique un miembro de la junta receptora del voto o de las Fuerzas Armadas cerca del espacio de votación para evitar que se tomen fotografías, pero al mismo tiempo el voto es secreto, recalcó Cabrera.
El constitucionalista José Chalco recordó que el control de los recintos y desarrollo del proceso electoral es responsabilidad del Consejo Nacional Electoral y tomar esta medida no implicaría una restricción a los derechos constitucionales.
En esa línea, el artículo 16 del Código de la Democracia establece que “ningún funcionario extraño al Consejo puede decidir. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional están condicionadas a cumplir las disposiciones del pleno del Consejo Nacional Electoral, por lo que una medida de control o filtro de celulares u otros dispositivos de comunicación deberá ser dispuesto por la autoridad electoral bajo reglas de seguridad y el levantamiento previo de información. No se trata de una suspensión de ningún derecho constitucional, sino el ingreso en condiciones de seguridad a un recinto electoral”, reflexionó Chalco.
En comicios nacionales, los miembros de las Fuerzas Armadas se encargan del traslado interno de los paquetes electorales hacia las provincias con fines de seguridad y, el día del sufragio garantizan la seguridad en los recintos.
De su lado, el personal de la Policía Nacional se ubica en los exteriores de los centros de votación garantizando el orden público.
Oficiales de la institución castrense consultados sobre esta posibilidad —que pidieron la reserva— advirtieron que este tipo de acciones podrían entorpecer el desarrollo del proceso.
Para ejemplificar, si policías se ubican en las puertas de un recinto e ingresan 30 electores. “¿Les quitarán los celulares a las 30 personas y dónde los pondrán? ¿Y si alguien toma el celular de otro, quién se hará responsable? Es complejo”, se indicó.
“Las Fuerzas Armadas están en las mesas para garantizar que el ciudadano vote y que nadie lo presione. Pero, si eso se quiere hacer, el CNE tendrá que optar por contratar personas que se encarguen de vigilar el uso de celulares en los biombos”, se indicó.
El Consejo cuenta con personal contratado que son los coordinadores de mesa y que, entre sus responsabilidades, deben vigilar la instalación de las juntas receptoras del voto y verificar que las urnas y biombos se encuentren debidamente ubicados.
Sin embargo, no tienen la atribución de controlar el ingreso o uso de celulares o tomar fotos.
Adicionalmente, el Código de la Democracia no tipifica como infracción electoral estas acciones.
En el artículo 290 se señala que una persona puede ser sancionada con multa por retardar el envío o la entrega de los documentos electorales a las juntas receptoras del voto o, quien retenga el pasaporte o la cédula de ciudadanía de otra persona para coartar la libertad de sufragio.
También, a los vocales de las juntas receptoras del voto que “con su decisión contribuyan a negar el voto de un elector facultado por hacerlo, o que acepten el voto de una persona impedida para votar”.
TEXTO TOMADO DE EL UNIVERSO