Esta noche se dio a conocer que la Justicia ha decidido dejar sin efecto la convocatoria a elecciones por el Club Sport Emelec, esto tras el fallo judicial dispuesto por el juez Ab. Danny Castro Mendoza en un proceso de un socio que interpuso una acción de protección contra el presidente del equipo azul, Nassib Neme.

El colega Diego Ordinola reveló este documento donde se ordena que el próximo llamado a las elecciones en el club sea realizado por la Federación Ecuatoriana de Fútbol -quienes tienen un mes en convocar y aperturar el padrón electoral- y que los socios voten sin importar que estén al día o no. Cabe recalcar que la parte afectada por esta decisión (Neme y Emelec) apelarán esta resolución.

En la decisión final de la acción de protección de la persona antes mencionada (proceso No. 09332202116716) recalca lo siguiente:

7).- Por las consideraciones antes expuestas, así como los argumentos jurídicos que sustenta la presente sentencia, este Juez Constitucional de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Guayaquil, Ab. Danny Daniel Castro Mendoza, “ADMINISTRANDO JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y POR MANDATO DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR”, declara CON LUGAR la Acción de Protección propuesta por el ciudadano JUAN DE DIOS LOZANO CHAPIRO, con cédula de ciudadanía No. 0907865885, en calidad de Socio del Club Sport Emelec, vs. CLUB SPORT EMELEC, representada por Nassib José Neme Antón, en calidad de Presidente del Directorio.- En consecuencia, se declaran vulnerado los siguientes Derechos: Seguridad Jurídica Previsto en el Art. 82; Participación previsto en el Art. 61.1 (Elegir y ser elegido); Sufragio Universal previsto en el Art. 62; No discriminación e Igualdad Previsto en el Art. 11.2 de la Constitución de la República. Por lo consiguiente, acorde con lo previsto en el Art. 18 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, como medida de reparación dispongo:

7.1).- Dejar SIN EFECTO la Convocatoria a Elecciones Generales, realizada por el señor Nassid Neme Antón, Presidente del Directorio del Club Sport Emelec, el 14 de diciembre del 2021;

7.2).- Se ORDENA que la Convocatoria a Elecciones Generales del Club Sport Emelec, para elegir a su Directorio para el periodo que se viene, la realice la Federación Ecuatoriana de Futbol. Para tal efecto, en un mes deberá realizar esta convocatoria, así como aperturar el padrón electoral para renovar el Directorio del Club Sport Emelec, a fin que todos los agremiados estén o no estén al día en sus cuotas sociales ejerzan su derecho al Voto, y con todos sus afiliados el Gremio, puedan inscribir sus lista y acudir a votar en las elecciones respectivas. El mes que se ha otorgado para que la Federación Ecuatoriana de Futbol, para que realice la Convocatoria a Elecciones Generales del Club Sport Emelec, para elegir a su Directorio para el periodo que se viene, correrá una vez que haya recibido la notificación oficial de la presente sentencia escrita; y,

7.3).- Sin costas ni honorarios que Regular, por cuanto en la presenta acción las partes no han litigado con malicia, temeridad o mala fe.