Ni la cocaína ni el cannabis tendrán «años de suspensión» según la Agencia Mundial Antidopaje

La Agencia Mundial Antidopaje ha decidido cambiar el rótulo de las sustancias prohibidas a la cocaína, heroína, cannabis y el éxtasis al «sustancias de abuso» por lo que las penalizaciones serán mínimas de ahora en adelante según se da a conocer en el último Código de esta organización para el 2021 donde se recalca que estas se encuentran más enmarcadas en adicciones que en aumentar su desempeño deportivo. Es necesario recordar que la AMA trabaja junto a la FIFA y el TAS.

Por ejemplo, en los casos de Diego Maradona o de Paolo Guerrero en donde ambos mencionaron que fue por fuera de las competiciones, la sanción habría sido de uno a tres meses.

Hasta hace poco, las sanciones llegaban por varios años calendario. En el caso de José Angulo -actualmente en BSC- llegó a estar cuatro años sin jugar tras el doping positivo por cocaína en 2016. En el caso de Michael Arroyo en 2018, se mencionó la «hidroclorotiazida» pero esta no entra en esta reducción.

“Si el deportista puede demostrar que cualquier ingesta o uso ocurrió fuera de competición y no guardaba relación con el rendimiento deportivo, el periodo de inhabilitación será de tres meses. Asimismo, el periodo de inhabilitación antes previsto podrá reducirse a un mes si el deportista u otra persona demuestra que ha seguido de manera satisfactoria un programa contra el uso indebido de sustancias aprobado por la organización antidopaje encargada de la gestión de resultados” expresa el Código según una publicación del Diario La Vanguardia de España.

Diario El Confidencial explica que es el plazo ‘de competición’: «Comienza a las 23:59 del día anterior a la celebración de la competición en la que participa el deportista, y termina cuando finalicen las recogidas de muestras (orina, generalmente) a los atletas tras su partido, carrera, etc».

Este código entrará en vigencia desde el 1 de enero del 2021 y sin dudas va a generar polémica.

Juan José Palacios: