Varios clubes se frotan las manos con la posible venta de Cristiano Ronaldo. No es porque el Real Madrid quede debilitado ni porque pueda agigantar la imagen de toda una liga aunque fiche por un equipo rival, sino porque, comisiones de Mendes aparte, un millonario traspaso del portugués reportaría un buen pellizco a los clubes que lo acogieron en su juventud hasta cumplir los 23 años.

En virtud del mecanismo de solidaridad —lo que comúnmente se conoce como derechos de formación— contemplado en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA, el Manchester United, el Sporting de Portugal y el Nacional de Madeira se repartirían el 5% del importe ingresado por el Real Madrid en una hipotética venta del portugués. Una cifra nada desdeñable si tenemos en cuenta que el traspaso superaría sin problemas los 100 millones de euros.

En el reparto de ese 5%, el Manchester United se llevaría la mitad (un 2,5% del valor del traspaso), el Sporting, un 45% (un 2,25% del total) y el Nacional el 5% restante (0.25%). en el caso de una venta por 100 millones —cifra incluso pesimista—, se llevarían 2,5 millones, 2,25 millones y 250.000 euros respectivamente.

Lo que comúnmente conocemos como «derechos de formación», en realidad se llama «contribución de solidaridad» en la terminología oficial recogida en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA. Este mecanismo recoge que el 5% del traspaso de cualquier futbolista ha de ser repartido entre los clubes en los que el jugador militó desde los 12 hasta los 23 años.

Esta contribución no hay que confundirla con otro concepto similar: la «indemnización por formación». Esta se abona a los mismos clubes que la «contribución de solidaridad», pero solo cuando el jugador sea inscrito como profesional por primera vez o sea objeto de un traspaso entre clubes de diferentes federaciones antes de los 23 años. La FIFA, sin embargo, puede determinar que no se pague si considera que la formación del jugador ha terminado siendo más joven.

A diferencia de la «contribución de solidaridad», esta indemnización es una cantidad variable, que se calcula en función de los costes de formación de los clubes donde se formó el jugador y de la entidad de destino.