La Audiencia de Barcelona ha condenado a la estrella blaugrana Leo Messi y a su padre, Jorge Horacio Messi, a 21 meses de prisión por tres delitos fiscales. El tribunal le ha impuesto una pena de 7 meses de prisión por cada defraudación a la hacienda pública cometida en los ejercicios 2007, 2008 y 2009. Además, cada uno deberá abonar una multa de 2.093.000 euros. El tribunal ha considerado probado que Messi y su progenitor tuvieron la intención de defraudar 4.1 millones de euros al fisco con la creación de varias tramas societarias radicadas en paraísos fiscales y jurisdicciones de conveniencia.
El futbolista del Barça no deberá entrar en prisión porque la pena es inferior a los dos años con lo que podrá pedir al tribunal que se le suspenda el ingreso en prisión a cambio de una multa económica.
La sección octava de la Audiencia de Barcelona no ha atendido las explicaciones que dio Leo Messi ante el tribunal. El futbolista blaugrana explicó que no estuvo al corriente de las gestiones sobre la tributación de sus derechos de imagen, una tarea de la que se ocupaba exclusivamente su padre, Jorge Messi. Ese fue el principal argumento con el que los abogados defensores de Leo Messi, encabezados por el exmagistrado del Tribunal Supremo, Enrique Bacigalupo, pretendía lograr la exculpación.
Sin embargo, la sala entiende que el desconocimiento de Leo no le exime de su responsabilidad y apunta a que el futbolista permaneció en la ignorancia de manera deliberada. “Messi decidió por lo menos desde enero de 2006 cuando ratificó ante notario un contrato, permanecer en la ignorancia a lo largo del tiempo, manteniéndose en la voluntad de no acceder a informaciones que le pudieran resultar relevantes”, dice el tribunal. Y aprovecha la sentencia para mandar un mensaje a la sociedad de que no se puede mirar para otro lado cuando se está incumpliendo la legislación. “Quien ha tratado de eludir la norma, por el camino que sea, no puede resultar beneficiado por ellos, amén de que con la impunidad en esos casos se dirige a la ciudadanía el mensaje de que es preferible inhibirse a preocuparse”, sostienen los jueces.
El tribunal justifica este extremo recordando que en las declaraciones de la renta de 2007 y 2008 a Messi “le salió a devolver”. Por ello, considera que el futbolista no estuvo extento “de comprender lo desproporcionado de que, a pesar de los ingresos percibidos, la declaración de la renta le saliera a devolver”.
La tesis del tribunal para condenar la actuación de Messi se basa en el principio de la ignorancia deliberada, puesto que solicitó colaboración sin preocuparse de sus consecuencias, o no queriendo saber aquello que puede y deber saberse. “Quien se pone en situación de ignorancia deliberada, es decir no querer saber aquello que puede y deber conocerse, y sin embargo se beneficia de esta situación, está asumiendo y aceptando todas las posibilidades del origen del negocio en el que participa, y por tanto, debe responde de sus consecuencias”.