En las últimas horas ha surgido la posibilidad de que el Al Hilal rescinda el contrato del brasileño Neymar. Una decisión como consecuencia de una nueva lesión y después de no haber podido contar con la estrella brasileña durante más de un año y tras fichar en agosto del 2023 del PSG durante dos temporadas con opción a una tercera.
Una decisión que, de llevarlo a cabo, tiene varias consecuencias para el club saudí. El primero es que él tendrá que indemnizar al futbolista por los meses que le restan de contrato hasta la finalización de su contrato como está recogido en el Reglamento sobre el Estatuto de Transferencia de Jugadores de FIFA. El artículo 17 relativo a la ruptura del contrato sin causa justificada dice que “en todos los casos (tanto si es el jugador como el club quien rompe el contrato), la parte que rescinde el contrato se obliga a pagar una indemnización.
Bajo reserva de las disposiciones sobre la indemnización por formación del art. 20 y el anexo 4, y salvo que no se estipule lo contrario en el contrato, la indemnización por incumplimiento se calculará considerando la legislación nacional, las características del deporte y otros criterios objetivos. Estos criterios deberán incluir, en particular, la remuneración y otros beneficios que se adeuden al jugador conforme al contrato vigente o al nuevo contrato, el tiempo contractual restante, hasta un máximo de cinco años, las cuotas y los gastos desembolsados por el club anterior (amortizados a lo largo del periodo de vigencia del contrato), así como la cuestión de si la rescisión del contrato se produce en un periodo protegido”.
Y es precisamente este concepto “período protegido” el que tiene consecuencias disciplinarias para el Al Hilal. Un concepto que implica que un futbolista está protegido durante los tres primeros años de su contrato. Un período que se reduce a dos en los casos donde el futbolista es mayor de 28 años.
Como es el caso de Neymar, dado que el brasileño tiene actualmente 32 años. Si el club saudí rompe el contrato de manera prematura con el ex azulgrana, no podrá fichar en las dos próximas ventanas de contratación de jugadores. La norma dice: “Además de la obligación de pago de una indemnización, deberán imponerse sanciones deportivas al club que rescinda un contrato durante el periodo protegido, o que haya inducido a la rescisión de un contrato.
TEXTO TOMADO DE MUNDO DEPORTIVO