Thursday, October 23, 2025
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Asamblea Nacional aprueba deportación rápida de extranjeros que amenacen la seguridad del país

Con 88 votos, la Asamblea Nacional aprobó, el 22 de octubre, en segundo debate, un proyecto de reformas a la Ley de Movilidad Humana que refuerza el control migratorio, que evita el ingreso de extranjeros que representan un riesgo para el Ecuador y que establece una deportación expedita.

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Las críticas al proyecto vinieron desde el Partido Social Cristiano (PSC) y de la bancada Revolución Ciudadana porque en el segundo debate se incorporaron textos que no fueron debatidos en primera y dijeron que son cinco artículos de los proyectos de ley de Solidaridad Nacional y de Integridad Pública, cuyos textos fueron expulsados del ordenamiento jurídico mediante una sentencia de la Corte Constitucional.

En el debate participaron once asambleístas y luego se sometió al votación el texto íntegro compuesto por 58 artículos, una disposición reformatoria, cinco disposiciones transitorias y una final. Recibió 88 votos a favor, 58 en contra y 2 abstenciones.

El proyecto pasará a conocimiento del Ejecutivo para su sanción o veto dentro de un plazo de 30 días.

La presidenta de la comisión de Relaciones Internacionales, Lucía Jaramillo, aclaró que las reformas no criminalizan la migración, sino que se la pone en orden, establece reglas claras con tres ejes: Ordenar, fortalecer y proteger.

“Se acabaron las puertas abiertas a quienes vienen a delinquir”, sentenció Jaramillo, quien afirmó que con estas reformas todo extranjero que requiera un visado para el Ecuador deberá presentar sus antecedentes penales y probar que no representa una amenaza para la seguridad del país y aquellos que por convenio no necesitan visa de turista o transeúnte. Deberán respetar las leyes, las costumbres y la cultura de nuestro país. Si no, serán sancionados con una multa o con la deportación o expulsión de nuestro territorio.

Respecto al fortalecimiento institucional, la subsecretaría de migración asume el timón del control migratorio con coordinación interinstitucional y sobre todo con tecnología avanzada y de punta. Lo más importante es saber no solo cuándo ingresa el ciudadano extranjero, sino cuándo retornará, por lo tanto, en adelante estarán obligados a presentar su boleto de retorno.

En torno a la protección a los ecuatorianos en el exterior, las reformas a la ley de movilidad humana garantizan la asistencia legal, gratuita, la atención consular efectiva y mediación digital desde el extranjero.

También se incluye la figura de migración circular lo cual permitirá al ecuatoriano que vaya de forma legal y temporal a trabajar en países donde hay convenio.

Con las reformas se implementará la figura de deportación expedita, pues cualquier ciudadano extranjero que represente una amenaza a la seguridad del país será deportado mediante un proceso administrativo en 24 horas y con de reingreso por 40 años.

También se agilita y facilita la repatriación del cuerpo de un ecuatoriano fallecido en el extranjero con recursos públicos, priorizando la repatriación de quienes realmente lo necesitan.

Además se crea la visa de transeúnte que permitirá transitar al extranjero por el Estado ecuatoriano, pero queda a criterio de la autoridad de movilidad humana.

CUESTIONAMIENTOS:

El asambleísta del Partido Social Cristiano (PSC), Alfredo Serrano, durante el debate, lanzó una alerta a la sala, pues dijo que preocupa que de último momento, para segundo debate, se haya incorporado varios textos que estaban incluidos en las leyes de Integridad Pública y de Solidaridad Nacional, que fueron expulsadas del ordenamiento jurídico tras la sentencia de la Corte Constitucional.

Aclaró que el PSC no está en contra de las reformas a a ley de Movilidad a las que calificó de buenas, pero insistió que en la forma contraviene la sentencia de la Corte Constitucional por la forma.

Los textos que se extrajeron de la las leyes de Integridad Pública y de Solidaridad Nacional son los siguientes:

  • Se establece la Visa de Transeúnte, como una nueva categoría para autorizar el tránsito por el territorio ecuatoriano, dirigida a personas de nacionalidades determinadas por la autoridad de movilidad humana, con el fin de evitar el uso de Ecuador como país de paso irregular. (ley de Solidaridad Nacional)
  • Se crea un procedimiento de Deportación Expedita en casos de amenaza o riesgo comprobado para la seguridad interna y a estructura del Estado, con una audiencia única y simplificada de máximo 24 horas. (Ley de Integridad Pública).
  • Se aumenta el plazo de prohibición de reingreso hasta por cuarenta años para personas deportadas por amenazas a la seguridad nacional o por grave conmoción interna originada en el ámbito de seguridad. (Ley de Integridad Pública).
  • Se exige la presentación de certificados de antecedentes penales y del registro migratorio como requisito para el otorgamiento o renovación de visas. ( Ley de Integridad Pública)
  • Se elimina el límite de cinco años de pena privativa de libertad permitiendo la revocatoria de visas o la improcedencia de naturalización ante cualquier sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos, en aplicación de los principios de proporcionalidad y soberanía. (Ley de Integridad Pública)
  • El legislador Serrano afirmó que estos cuatro artículos no pasaron por el primer debate y aclaró que la Corte Constitucional no se pronunció sobre el fondo de las leyes, sino por la forma, y con la propuesta hecha por la Comisión de Relaciones Internacionales se pretende caer nuevamente en este círculo vicioso y contrariar el procedimiento parlamentario.

La legisladora Ledy Zúñiga, de la bancada Revolución Ciudadana (RC), advirtió que dentro de las reformas a la Ley de Movilidad Humana que incorporan disposiciones similares a las leyes económicas de Integridad Pública y Solidaridad Nacional que recientemente fueron declaradas inconstitucionales por la Corte Constitucional.

Esas disposiciones, añadió, no puede ser reintroducidas por vía indirecta en una ley que tiene naturaleza distinta.

TEXTO TOMADO DE EL UNIVERSO

NTF